Dividir una casa heredada en dos viviendas

Por Antonio Recabarren · Actualizado el 3 de septiembre de 2026

Dividir una casa heredada: casa de dos pisos en axonometría partida por una lámina vertical en dos mitades, cada una con su propio nicho de medidor.

¿Se puede dividir una casa heredada en dos viviendas?

Dividir una casa he­re­da­da en dos vi­vien­das in­de­pen­dien­tes no es un pro­ble­ma de ta­bi­ques: es un pro­ble­ma de in­de­pen­di­za­ción.

Fí­si­ca­men­te, las dos uni­da­des tienen que quedar se­pa­ra­das por un muro cor­ta­fue­go ciego, sin vanos, con la re­sis­ten­cia al fuego que co­rres­pon­da.

En redes, cada vi­vien­da ne­ce­si­ta lo suyo: empalme eléc­tri­co propio con su de­cla­ra­ción TE1, arran­que de agua potable in­de­pen­dien­te y cámara de ins­pec­ción do­mi­ci­lia­ria propia con­for­me al re­gla­men­to de ins­ta­la­cio­nes do­mi­ci­lia­rias.

Y en papeles, el orden importa. Primero el permiso y la re­cep­ción de­fi­ni­ti­va en la Di­rec­ción de Obras; recién con ese cer­ti­fi­ca­do el Ser­vi­cio de Im­pues­tos In­ter­nos asigna el segundo rol de avalúo.

Antes de todo eso con­vie­ne pedir el Cer­ti­fi­ca­do de In­for­ma­cio­nes Previas: si el terreno no admite sub­di­vi­sión predial, el camino es aco­ger­se al régimen de co­pro­pie­dad in­mo­bi­lia­ria de la Ley 21.442.

Dividir una casa heredada: por dónde empieza el problema

En los barrios tra­di­cio­na­les de San­tia­go, la par­ti­ción de grandes casonas o pro­pie­da­des uni­fa­mi­lia­res re­ci­bi­das en he­ren­cia por múl­ti­ples co­mu­ne­ros cons­ti­tu­ye una so­lu­ción técnica fre­cuen­te para evitar la venta forzada.

Sin embargo, dividir fí­si­ca­men­te una vi­vien­da me­dian­te un tabique simple o com­par­tir las cuentas de luz y agua me­dian­te ins­ta­la­cio­nes in­for­ma­les genera severos con­flic­tos y carece de validez mu­ni­ci­pal.

Para que ambas uni­da­des gocen de in­de­pen­den­cia legal (con roles de avalúo fiscal SII se­pa­ra­dos e ins­crip­ción en el Con­ser­va­dor de Bienes Raíces), la Ley General de Ur­ba­nis­mo y Cons­truc­cio­nes (LGUC) exige obtener pre­via­men­te el Permiso de Edi­fi­ca­ción y la Re­cep­ción De­fi­ni­ti­va otor­ga­dos por la Di­rec­ción de Obras Mu­ni­ci­pa­les (DOM).

A con­ti­nua­ción se exponen las exi­gen­cias de ar­qui­tec­tu­ra y sa­nea­mien­to bajo el RIDAA, la norma SEC y la OGUC.

La eje­cu­ción de un muro cor­ta­fue­go F-60/F-120, la in­de­pen­di­za­ción de redes de agua y elec­tri­ci­dad y la Re­cep­ción De­fi­ni­ti­va DOM son re­qui­si­tos previos para la asig­na­ción de nuevos roles en el SII.

¿Qué exige separar físicamente las dos viviendas?

Para aco­ger­se a la Ley 21.442 de Co­pro­pie­dad In­mo­bi­lia­ria o a la sub­di­vi­sión predial ante la DOM (con­for­me a la LGUC y al Plan Re­gu­la­dor Comunal), la vi­vien­da debe cumplir cuatro exi­gen­cias de in­fra­es­truc­tu­ra:

1. Muro divisorio cortafuego (OGUC)

Cons­truc­ción de un pa­ra­men­to to­tal­men­te ciego de al­ba­ñi­le­ría armada o hor­mi­gón con re­sis­ten­cia al fuego F-60 o F-120 que divida ambas uni­da­des desde el ci­mien­to hasta la cu­bier­ta de te­chum­bre, sin aber­tu­ras ni puertas de in­ter­co­ne­xión.

2. Independización de agua potable y alcantarillado (RIDAA)

Ins­ta­la­ción de arran­que de agua potable in­de­pen­dien­te y cámara de ins­pec­ción do­mi­ci­lia­ria propia (60 × 60 cm) con su co­rres­pon­dien­te cer­ti­fi­ca­do de do­ta­ción (For­mu­la­rio N° 2).

3. Independización eléctrica (SEC TE1)

Ins­ta­la­ción de empalme eléc­tri­co ex­clu­si­vo, tablero DIN con pro­tec­cio­nes di­fe­ren­cia­les y de­cla­ra­ción SEC TE1 in­de­pen­dien­te.

4. Accesos e inmuebles privativos

Ga­ran­ti­zar acceso in­de­pen­dien­te desde la vía pública o pasaje común sin ser­vi­dum­bres de paso por re­cin­tos pri­va­dos.

Dividir una casa heredada: corte de una vivienda de dos pisos que muestra los recintos a ambos lados del eje de división.
Dividir exige que cada mitad quede autónoma: estructura, accesos e instalaciones.

¿Cómo se independizan el agua, el alcantarillado y la luz?

Bajo el Re­gla­men­to de Ins­ta­la­cio­nes Do­mi­ci­lia­rias de Agua Potable y Al­can­ta­ri­lla­do (RIDAA), cada unidad ha­bi­ta­cio­nal re­sul­tan­te debe contar con au­to­no­mía ope­ra­ti­va:

  1. Ins­ta­la­ción de Arran­que de Agua Potable: So­li­ci­tud de nuevo medidor en la empresa con­ce­sio­na­ria.
  2. Cons­truc­ción de Cámara Do­mi­ci­lia­ria: Eje­cu­ción de cámara de ins­pec­ción de 60 × 60 cm en el patio de acceso.
  3. Prueba de Her­me­ti­ci­dad y Desagüe: Ensayos de des­car­ga con­ti­nua antes de la co­ne­xión a la matriz co­lec­to­ra.
Dividir una casa heredada: técnico revisando el nicho de un medidor de agua potable en el antejardín de una vivienda.
Cada vivienda resultante necesita sus propios empalmes y medidores.

Matriz comparativa: división informal vs. partición técnica regularizada

Pa­rá­me­tro de Control Di­vi­sión In­for­mal (Tabique Simple) Par­ti­ción Técnica Re­gu­la­ri­za­da
Se­pa­ra­ción de Muros Tabique de cartón yeso o madera Muro Cor­ta­fue­go F-60 / F-120 con­ti­nuo
Redes de Agua y Luz Medidor com­par­ti­do Me­di­do­res y em­pal­mes in­de­pen­dien­tes (TE1 / RIDAA)
Apro­ba­ción DOM Sin permiso / Farsa de obra Permiso y Re­cep­ción De­fi­ni­ti­va DOM (LGUC / PRC)
Si­tua­ción en el SII Rol único de avalúo Nuevos Roles de Avalúo Fiscal SII (post Re­cep­ción DOM)
Venta / Hi­po­te­ca Venta solo como de­re­chos proin­di­vi­so Venta / Crédito Hi­po­te­ca­rio in­de­pen­dien­te

El trámite en la DOM y el nuevo rol en el SII

  1. Le­van­ta­mien­to Pla­ni­mé­tri­co y Pro­yec­to de Ar­qui­tec­tu­ra: Con­fec­ción de planos de ambas uni­da­des fir­ma­dos por Ar­qui­tec­to con­for­me al PRC.
  2. Eje­cu­ción de Obras Civiles e Ins­ta­la­cio­nes: Cons­truc­ción del muro cor­ta­fue­go e in­de­pen­di­za­ción sa­ni­ta­ria y eléc­tri­ca.
  3. Ob­ten­ción de Permiso y Re­cep­ción De­fi­ni­ti­va DOM: Otor­ga­mien­to del Cer­ti­fi­ca­do de Re­cep­ción De­fi­ni­ti­va por la DOM (LGUC).
  4. Asig­na­ción de Roles en el SII e Ins­crip­ción CBR: Con el Cer­ti­fi­ca­do de Re­cep­ción DOM en mano, se so­li­ci­ta al SII la asig­na­ción de los nuevos roles de avalúo fiscal e ins­crip­ción de uni­da­des en el Con­ser­va­dor de Bienes Raíces.

Si además hay obra cons­trui­da sin permiso —lo ha­bi­tual en una casa antigua—, el camino para ponerla al día antes de dividir está en la guía para re­gu­la­ri­zar una casa en Chile.

Dividir una casa heredada: comparación de una vivienda antes y después de subdividirse
Cada mitad termina con su propio acceso, sus propios empalmes y su propio rol.

Lo que hay que recordar antes de dividir la casa

In­de­pen­di­zar téc­ni­ca­men­te las redes y es­truc­tu­ras de una casa he­re­da­da y obtener la Re­cep­ción De­fi­ni­ti­va DOM es la con­di­ción in­dis­pen­sa­ble para la asig­na­ción de nuevos roles de avalúo en el SII.

Dividir una casa he­re­da­da es más un pro­ble­ma de orden que de obra. Las de­ci­sio­nes se toman en una se­cuen­cia que no admite saltos: primero ve­ri­fi­car en el Cer­ti­fi­ca­do de In­for­ma­cio­nes Previas qué permite el terreno, después el pro­yec­to y el permiso, después la obra, después la re­cep­ción, y recién ahí el nuevo rol en el SII.

In­ver­tir ese orden —cons­truir primero y con­sul­tar después— es la causa más fre­cuen­te de par­ti­cio­nes que quedan a medio camino y que no se pueden ins­cri­bir.

Para seguir leyendo. Con­sul­ta nuestra guía sobre eva­lua­ción de so­bre­car­gas y pro­yec­tos es­pe­cia­les.

Antonio Recabarren

Constructor Civil, Pontificia Universidad Católica de Chile.

20 años de experiencia.

Perito judicial, Cortes de Apelaciones de Santiago, Valparaíso y La Serena.

antonio@criteriotecnico.cl

Fuentes

In­for­ma­ción nor­ma­ti­va ve­ri­fi­ca­da el 31 de agosto de 2026:

Sobre las normas téc­ni­cas citadas. Las normas chi­le­nas NCh no son de acceso público gra­tui­to: se ad­quie­ren en el Ins­ti­tu­to Na­cio­nal de Nor­ma­li­za­ción, y de ellas solo puede ve­ri­fi­car­se pú­bli­ca­men­te el número, el título y la vi­gen­cia.

La DIN 4150-3 es una norma alemana y el ACI 318 un código es­ta­dou­ni­den­se: ambos son re­fe­ren­cias téc­ni­cas de uso in­ter­na­cio­nal, no nor­ma­ti­va chilena de cum­pli­mien­to obli­ga­to­rio. Los pliegos téc­ni­cos de la Su­per­in­ten­den­cia de Elec­tri­ci­dad y Com­bus­ti­bles se pu­bli­can en su sitio ins­ti­tu­cio­nal.

Este artículo es información general, no una opinión técnica sobre un inmueble concreto.

Si lo que tienes es una situación específica y necesitas saber qué está pasando, de quién es la responsabilidad y qué corresponde hacer, eso se resuelve en terreno.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede dividir una casa heredada en dos viviendas?

Sí, pero no es un problema de tabiques sino de independización. Cada vivienda necesita su acceso independiente, su empalme eléctrico con declaración propia, su arranque de agua y alcantarillado, y un muro divisorio que cumpla la exigencia cortafuego.

¿Qué se necesita para separar los servicios de dos viviendas?

Empalmes eléctricos independientes con declaración SEC propia, y arranques de agua potable y alcantarillado separados conforme al RIDAA. Compartir medidor es justamente lo que impide que las dos unidades se consideren independientes.

¿Hay que regularizar la división en la municipalidad?

Sí, y conviene resolverlo antes de ejecutar la obra. Dividir de hecho una vivienda sin el acto administrativo correspondiente deja dos unidades que no existen en el registro, con los problemas de venta y herencia que eso arrastra.

¿Cuáles son las exigencias técnicas para dividir una casa en dos unidades independientes?

Se exige un muro cortafuego ciego de división (resistencia al fuego F-60 o F-120) y la independización completa de los empalmes eléctricos (SEC TE1) y redes de agua (RIDAA).

¿Se pueden compartir los medidores de agua potable y electricidad?

No. Para obtener la Recepción Definitiva DOM e independizar los roles de avalúo fiscal en el SII, cada vivienda debe contar con su medidor y arranque independiente.

¿Qué exige el SII para otorgar un nuevo rol de avalúo fiscal a la segunda vivienda?

El SII exige previamente la presentación del Permiso de Edificación y el Certificado de Recepción Definitiva emitido por la DOM (LGUC / PRC).

¿Qué exige el RIDAA para la red de alcantarillado en viviendas divididas?

Exige una cámara de inspección domiciliaria independiente (60 × 60 cm) y certificado de dotación de agua potable (Formulario N° 2) para cada unidad.

¿Permite el plan regulador comunal (PRC) la subdivisión o copropiedad?

Se debe consultar el CIP en la DOM; si la superficie de terreno no permite subdivisión predial, se puede acoger al régimen de copropiedad inmobiliaria (Ley 21.442).